La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a Telmex por pactar y hacer efectivas cláusulas de permanencia mínima en los contratos de prestación del servicio de televisión por suscripción, incumpliendo los condicionamientos que por dos años le impuso la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) en 2008. La sanción que quedó en firme mediante la Resolución 75599 del 30 de noviembre de 2012, pasó de $ 12.000 millones a $ 10.700 millones (US$ 5,9 millones).
En todo el territorio colombiano, la CNTV prohibía a Telmex hacer efectivas las clausulas de permanencia mínima existentes en sus contratos o incluirlas en los nuevos, en virtud de las cuales los usuarios estaban obligados a pagar sanciones si cambiaban de proveedor antes de la expiración de dicha permanencia. La Superintendencia encontró que entre el 1 de enero de 2009 y el 1 de octubre de 2010 (fecha en que expiraba ese condicionamiento), Telmex hizo exigibles dichas cláusulas en 9.135 contratos, cuyo costo total ascendió a los C$ 1.651 millones.
La Superintendencia indicó que el incumplimiento de Telmex generó para sí misma, y de forma indebida, una importante fuente de recursos, logrando una potencial afectación del mercado al desincentivar que algunos de sus clientes cambiaran de proveedor del servicio de televisión por suscripción.
Por las anteriores razones, la Superintendencia de Industria y Comercio impuso a la empresa Telmex Colombia S.A., una sanción de DIECINUEVE MIL SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES LEGALES VIGENTES (19.000 SMMLV), equivalentes hoy a DIEZ MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS M/C ($10.767.300.000). En la misma decisión, la SIC también ordenó la devolución del dinero a los suscriptores a quienes se les hizo efectiva la cláusula de permanencia mínima.
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