Newsline Report
05.06.2013 | Latinoamérica | Negocios

VTR podrá distribuir TVN

Por votación unánime, la Corte Suprema rechazó la demanda de TVN por el uso de su señal y permite al operador de cable VTR seguir transmitiendo la estación televisiva, creando un precedente. De esta manera, el máximo tribunal determinó que no hubo infracción de ley en el rechazo de la demanda interpuesta por TVN, al considerar que VTR no incumplió el contrato firmado en 1996 y que lo autorizó a difundir la señal del demandante.

El fallo "fundamenta su postulado el libelo pretensor en el derecho de dominio que le asiste respecto del contenido de dicha señal, debido a que VTR ha utilizado gratuitamente desde siempre y hasta ahora los contenidos íntegros de su señal nacional, la que ha incorporado a su programación que ofrece a sus suscriptores con fines de lucro, entonces esa utilización vulnera lo dispuesto por la ley N° 17.336 -vigente a la época de la demanda-, particularmente en lo que dice relación con sus derechos de autor y con sus derechos conexos. Asimismo, tales infracciones a esta especie de dominio, infringen también el derecho de propiedad que en sus diversas especies consagra el artículo 19 N° 24 y N° 25 de la Constitución Política de la República, los tratados internacionales y los artículos 582 y 583 que regulan el dominio sobre las cosas corporales e incorporales".

Además señala que"da efectivamente por acreditado el derecho de dominio y sus atributos que tiene TVN, pero igualmente establece el derecho de VTR para transmitir, por sus señales de cable, la programación que TVN y UCTV emite por sus señal abierta de su propiedad, que emana de un contrato entre las partes que se viene aplicando en el tiempo desde el año 1996".

El gerente de Asuntos Legales de TVN, Hernán Triviño, destacó, de todos modos, que el fallo de la Suprema confirma que la estación estatal es dueña de sus contenidos y que nadie los puede transmitir sin su consentimiento. Sin embargo, añadió que el máximo tribunal estimó que existe un “contrato tácito” —de 1996— que le permite al cableoperador usar la señal de Televisión Nacional de Chile con fines comerciales.

Triviño aseguró que si bien este fallo de la Corte Suprema cierra este proceso, seguirán analizando los caminos judiciales para poner fin a dicho contrato tácito. Indicó que podrían ser utilizadas algunas declaraciones que se realizaron en el tribunal.

© Newsline Report 2013

www.newslinereport.com