Azteca promovió una demanda de amparo para cuestionar el acuerdo del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) que ordena la retransmisión gratuita de sus canales 7 y 13 por sistemas de televisión de paga vía satelital, obligación conocida como must carry y must offer. La Jueza Primera Especializada en Competencia, Radiodifusión y Telecomunicaciones, Irma Leticia Flores Díaz, fijó el 6 de mayo para la audiencia constitucional del juicio de amparo, pero es previsible que el litigio se prolongará durante varios meses, por la complejidad técnica del caso.
La empresa de Ricardo Salinas Pliego impugnó la constitucionalidad de todo el acuerdo P/EXT/IFT/210214/71, aprobado el 21 de febrero por el pleno del IFT, que actuó para dar cumplimiento a un mandato específico de la reforma de 2013 a la Carta Magna en materia de telecomunicaciones. En el acuerdo, el organismo determinó que los concesionarios de televisión restringida tienen que retransmitir de manera gratuita las señales radiodifundidas que abarquen más del 50% de territorio nacional, simultáneamente y sin alteraciones.
Azteca alega en su amparo que el acuerdo viola cinco artículos de la Constitución, incluidos el primero, que prohíbe el trato discriminatorio, el sexto, que obliga al Estado a garantizar el acceso a servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, y el 28, que contiene reglas específicas sobre facultades del IFT.
Tanto Azteca como Televisa han alegado que se violan sus derechos de autor al permitir la retransmisión gratuita de sus contenidos, y que Dish no tendría derecho a ofrecer sus canales porque está vinculada directamente con América Móvil, el consorcio de Carlos Slim que fue declarado por el propio IFT como preponderante en materia de telecomunicaciones.
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