Negocios 12.05.2021 > Newsline Report

Amazon gana juicio en la Unión Europea

La filial en Luxemburgo debía pagar 250 millones de euros por una presunta una reducción indebida de impuestos.

El grupo estadounidense de comercio electrónico ganó el litigio frente al Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), quien anuló la decisión de la Comisión Europea de ordenar el pago de 250 millones de euros en impuestos. El Tribunal cree que la Comisión no demostró de manera suficiente la reducción indebida de la carga fiscal de una filial europea del grupo Amazon.
 
El caso inició en 2006, cuando el grupo Amazon continuó sus actividades en Europa a través de dos sociedades establecidas en Luxemburgo: Amazon Europe Holding Technologies (LuxSCS), cuyos socios eran entidades americanas del grupo Amazon, y Amazon EU Sàrl (LuxOpCo), filial íntegramente controlada por LuxSCS.
 
Entre 2006 y 2014, LuxSCS fue la sociedad titular de los activos necesarios para las actividades del grupo Amazon en Europa y celebró diferentes acuerdos de licencia y cesión de derechos de propiedad intelectual con entidades americanas del grupo Amazon. Mediante esos acuerdos, LuxSCS obtuvo el derecho a explotar determinados derechos de propiedad intelectual sobre la tecnología, los datos de clientes y las marcas, así como el derecho a sublicenciar los activos intangibles.
 
En esas instancias, LuxSCS celebró un acuerdo de licencia con LuxOpCo, como operador principal de las actividades comerciales del grupo Amazon en Europa mediante el cual LuxOpCO se comprometía a pagar un canon a LuxSCS a cambio del uso de los activos intangibles.
 
Sin embargo, en noviembre de 2003, las autoridades tributarias luxemburguesas concedieron a Amazon una decisión tributaria anticipativa que buscaba una confirmación del tratamiento que se daría a LuxOpCo y a LuxSCS a efectos del impuesto luxemburgués sobre la renta de las sociedades.
 
La decisión establecía que LuxSCS no estaba sujeta al impuesto luxemburgués sobre la renta de las sociedades debido a su forma societaria y aprobaba, por otra parte, el método de cálculo del importe del canon anual adeudado por LuxOpCo a LuxSCS en concepto del acuerdo de licencia.
 
Bruselas concluyó que existía una ventaja para LuxOpCo considerando que el canon adeudado por LuxOpCo a LuxSCS era demasiado elevado, de manera que la remuneración de LuxOpCo y su base imponible habían resultado artificialmente disminuidas. Luxemburgo y el grupo Amazon presentaron una impugnación y en su sentencia, el Tribunal General, anuló la decisión de Bruselas.
 
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