El ente regulado mexicano rechazó la solicitud de cambio de título en concesión a Grupo MVS para prestar TV digital abierta como servicio adicional, a través del espectro concesionado del Canal 52MX en alta definición, argumentando que el contenido coincidiría con el que se transmite actualmente en su señal de TV paga.
El Pleno del IFT resolvió que "no se puede autorizar un servicio adicional que el concesionario está impedido a prestar, pues se deben mantener las condiciones de no hacer del título de concesión, en cumplimento a lo establecido por el segundo párrafo del artículo Séptimo Transitorio del Decreto de Ley".
El IFT dio a conocer que la concesión a favor del canal 51 negó de origen que se pudiera usar para otros fines que no fueran la transmisión de señales restringidas, con lo que se descarta emplear ese servicio para señales de televisión abierta.
Grupo MVS informó, a través de un comunicado, que “promoverá los medios de defensa a su alcance, a fin de preservar sus legítimas aspiraciones de promover una mayor competencia, dar al espectro radioeléctrico un uso óptimo y eficiente, y garantizar la plena convergencia en radiodifusión y telecomunicaciones”. “Estos principios son los pilares de la reforma constitucional de junio de 2013”, dijo el grupo de la familia Vargas.
© Newsline Report 2014